
Muchas condiciones y enfermedades son consideradas una discapacidad por la Administración del Seguro Social, como trastornos musculoesqueléticos, sentidos especiales y habla, trastornos respiratorios, trastornos del sistema digestivo y muchos más. Sin embargo, es importante recordar que su discapacidad no tiene que estar en su lista. Por ejemplo, puede tener enfermedad celíaca o síndrome del túnel carpiano. Además, la mayoría de las solicitudes de beneficios son inicialmente denegadas. Un experimentado abogado de discapacidad del Seguro Social en Marc Whitehead & Associates puede ayudarlo en su solicitud para asegurar los beneficios que merece.
¿Cuál es la definición de discapacidad?
La Administración del Seguro Social define una discapacidad como una condición que lo hace incapaz de realizar una actividad sustancialmente lucrativa. Esta condición podría ser física o psicológica. Alternativamente, también podría calificar como discapacitado si su condición es probable que resulte en su muerte o dure más de 12 meses.
Es importante recordar que esta definición es para adultos. Cuando un niño menor de edad busca beneficios a través de programas de discapacidad, la Administración del Seguro Social define la discapacidad de manera diferente. Nuestra firma puede asesorarlo sobre si su condición es probable que califique.
Tipos de condiciones discapacitantes
La Administración del Seguro Social reconoce muchos tipos diferentes de discapacidades. Cualquiera de estas condiciones podría resultar en beneficios. Otros ejemplos incluyen:
- Trastornos de la piel (por ejemplo, dermatitis, quemaduras, infecciones crónicas de la piel)
- Trastornos endocrinos (por ejemplo, trastornos de la glándula pituitaria, trastornos de la glándula tiroides)
- Trastornos congénitos que afectan múltiples sistemas corporales
- Trastornos neurológicos (por ejemplo, epilepsia, tumores cerebrales benignos)
- Trastornos mentales (por ejemplo, trastorno bipolar, ansiedad, depresión)
- Cáncer (enfermedades neoplásicas malignas)
- Trastornos del sistema inmunológico (por ejemplo, infección por VIH, lupus, artritis inflamatoria)
¿Qué es el “empleo sustancialmente lucrativo”?
Un aspecto importante de cualquier reclamo de discapacidad es: ¿puede la persona participar en un empleo sustancialmente lucrativo? Este término describe su capacidad para ganarse la vida. No todo trabajo se considera “sustancial”. La Administración del Seguro Social considera que el trabajo es sustancial cuando requiere una actividad física o mental significativa. Sin embargo, no tiene que ser un trabajo a tiempo completo para calificar. Por lo tanto, incluso poder trabajar a tiempo parcial podría evitar que sea elegible para beneficios de SSDI.
Hable con un abogado sobre su reclamo de discapacidad
La realidad es que la Administración del Seguro Social reconoce muchas condiciones diferentes, y la orientación legal adecuada puede marcar la diferencia en su caso. Nuestro equipo en Marc Whitehead & Associates podría ayudarlo a luchar por un resultado justo en su reclamo de discapacidad. Esto es cierto incluso si su reclamo inicial fue denegado. Podemos encargarnos de todos los aspectos de su apelación. Comuníquese lo antes posible para su consulta confidencial.