La mayoría de las pólizas de seguro por discapacidad a largo plazo tienen exclusiones por condiciones preexistentes
Esta exclusión significa efectivamente que la compañía de seguros está eximida de pagar reclamaciones que crean que pueden estar relacionadas, aunque sea remotamente, con cualquier queja previa hecha por el reclamante dentro de un período de tiempo especificado. Estas exclusiones generalmente entran en vigor cuando un reclamante ha sido elegible para beneficios por menos de un año, pero a veces el período indicado es de 2 años. Además del período de exclusión por condición preexistente de un año, también existe un período de “revisión retrospectiva”, usualmente los 3 meses previos. En resumen, si un reclamante solicita beneficios por discapacidad a largo plazo menos de un año después de inscribirse para el beneficio, la compañía de seguros revisará todos los registros médicos y registros de farmacia durante todo el año más el período de revisión retrospectiva. Estas exclusiones son muy, muy amplias.
Por ejemplo, a un reclamante se le pudo haber recetado un medicamento para el tratamiento de la ansiedad durante el período de revisión retrospectiva. Más tarde, el reclamante desarrolla un problema de espalda con espasmos musculares. El mismo medicamento que se le recetó para tratar la ansiedad ahora se prescribe para tratar los espasmos musculares. La compañía de seguros obtendrá los registros de farmacia del reclamante y alegará que el reclamante estaba siendo tratado por espasmos musculares porque tomó el medicamento. La compañía de seguros entonces se negará a pagar beneficios basándose en la exclusión por condición preexistente.
Para combatir efectivamente estas denegaciones injustas de reclamaciones, es fundamental que un reclamante discapacitado busque el consejo de un abogado especializado en discapacidad con experiencia, especialmente si la reclamación está prevenida por ERISA. Revise los últimos párrafos de su carta de denegación para conocer sus derechos de apelación y cualquier mención de la palabra ERISA. Usualmente solo tiene 180 días para presentar una apelación. ¡No presente una apelación sin consultar con un abogado de discapacidad a largo plazo! Para más información, por favor visite nuestro sitio web en disabilitydenials.com.