Recientemente le informamos sobre cómo su demanda contra su aseguradora puede ser “preemptada” por ERISA si el tipo de póliza que tiene se encuentra dentro de las pautas de esa ley. Esto significa que su caso sería sacado de un tribunal estatal normal y juzgado en uno federal donde las leyes son mucho menos favorables para las personas que luchan contra las compañías de seguros que se comportan mal.
Obviamente, esto no es algo que desee, pero no hay mucho que pueda hacer para evitar que suceda. Si una demanda se juzgará o no bajo ERISA depende completamente del tipo de póliza que tenga, y muy pocas de ellas en los Estados Unidos están exentas de ERISA.
La última vez mencionamos cinco tipos de pólizas que ERISA no puede tocar:
- Pólizas de una agencia gubernamental
- Pólizas de una iglesia
- Fondos de empleadores múltiples
- Planes establecidos por la industria de seguros
- Planes creados solo para cumplir con las leyes de discapacidad, compensación laboral o desempleo
- Seguro a través de empresas familiares, empresas unipersonales, corporaciones de propiedad cercana y asociaciones, pero solo a veces
A continuación encontrará cinco formas más potenciales de evitar la preempción.
Planes Adicionales No Cubiertos por ERISA
Planes de “paso a través”. A veces, el empleador es solo un “conducto” a través del cual los empleados pagan su seguro: ERISA no cubre estos planes.
Planes sin intenciones de ERISA. Los empleadores deben seguir las directivas estatutarias de ERISA para establecer un plan cubierto por la ley. Si cometen un error o simplemente no intencionan hacer esto, ERISA no lo cubrirá.
Planes de sindicatos y otras organizaciones profesionales. Si obtiene su seguro a través de un sindicato laboral, una organización de empleados o una asociación profesional, no está gobernado por ERISA.
Planes vendidos por emprendedores. Si un emprendedor le vende un plan de seguro, no es una póliza de ERISA.
Planes para empleadores y dependientes. La preempción de ERISA a veces no ocurrirá en el caso de quejas de empleadores reales o sus dependientes, pero depende de las circunstancias.
Como puede imaginar, hay bastante sutileza y complicación en la ley. Cualquier persona que no esté seguro de qué tipo de póliza tiene debe hablar con un experto para que sepa con qué está lidiando si decide demandar.
Sea lo que sea que haga, asegúrese de trabajar con un experto en discapacidad en quien confíe y que conozca esta área de la ley. No juegue con su salud. Consulte nuestro libro electrónico gratuito para obtener más detalles sobre la discapacidad de ERISA y asegúrese de mantenerse al día sobre nueva información de discapacidad a través de nuestros blogs semanales!