¿Pero qué pasa si el ALJ que preside la audiencia también falla en tu contra? ¿Y entonces? Bueno, todavía existe la posibilidad de que puedas obtener otra apelación, pero tienes que mostrarle a el Consejo de Apelaciones que tienes lo que se conoce como “evidencia nueva y material”.
¿Cómo define la SSA “evidencia nueva y material”? Hay tres criterios que dicha evidencia debe cumplir:
- No se ingresó en el expediente cuando el ALJ tomó su decisión.
- Es relevante para los asuntos en los que el ALJ basó su decisión.
- O bien la evidencia en sí está fechada antes de la decisión del ALJ o está fechada después de la decisión pero se relaciona con el período de tiempo que el ALJ estaba adjudicando. Por ejemplo, podrías recibir documentación de un médico que esté fechada después de que la decisión del juez fuera definitiva pero que se relacione con el período de tiempo previo a la decisión.
¿Hay evidencia que no será considerada?
En resumen – sí. En términos generales, puedes saber bastante fácilmente qué evidencia será y no será considerada siguiendo los tres criterios listados arriba, pero también hay ejemplos proporcionados en las disposiciones de HALLEX. Estos incluyen, pero no se limitan a:
- En una reclamación de beneficios por seguro de discapacidad del título II, una condición que empeora después de que expira una “fecha de último aseguramiento” (DLI).
- En una reclamación de beneficios por seguro para viudas o viudos debido a una discapacidad, una condición que empeora después del último día del período prescrito.
- En una reclamación de beneficios por discapacidad para un niño, una condición que empeora después de que el reclamante cumple 22 años.
- Una condición que empeora o una nueva condición que comienza después de que el ALJ ya haya tomado su decisión.
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